Impuesto de sociedades:
Desde la ley del 24 de diciembre de 2002, el porcentaje básico del impuesto sobre las sociedades del 39% se redujo al 33% (33,99% con la contribución complementaria de crisis)
Existen índices reducidos progresivos que se aplican bajo ciertas condiciones cuando el líquido imponible no sobrepasa 322.500 EUR:
* De 0 a 25.000 euros: El 24.25 %
* De 25.000 a 90.000 euros: el 31 %
* De 90.000 a 322.500 euros: El 34.5 %
A estas tributaciones o índices, se añade la contribución complementaria de crisis del 3 % que los eleva respectivamente al 24,98 %, el 31,93 % y el 35,54 %
El índice del impuesto sobre las plusvalías a largo plazo es del 33,99 %. Ciertas plusvalías están eximidas de tarifa o gozan de un aplazamiento de impuesto.
Los dividendos pagados a empresas residentes o no residentes están sometidos a una prescripción liberatoria del 25 % o el 15 %. Las derogaciones son posibles en el marco de convenios internacionales.
Las sucursales, por su parte, están sometidas a un impuesto específico: el impuesto de los no residentes. Se calcula según las reglas e índice aplicable en materia de impuesto sobre sociedades.
Impuesto sobre la renta:
El año fiscal comienza el 1 de enero y se acaba el 31 de diciembre del mismo año.
El impuesto sobre la renta se retiene en origen. Tabla aplicable:
* De 0 a 7.100 euros: El 25 %
* De 7.101 a 10.100 euros: El 30 %
* De 10.101 a 16.830 euros: El 40 %
* De 16.831 a 30.840 euros: El 45 %
* Superior a 30.841 euros: El 50 %
Existen exenciones con arreglo a las cargas de familia.
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