Impuesto de sociedades:
Desde el 1 de enero de 2003, la tributación estándar es del 12,5 %. Una tributación del 25 % se aplica: a ciertas rentas no comerciales, tal como un alquiler y una renta de capital; a las rentas extranjeras, a menos que la renta forme parte de un comercio irlandés; y a las rentas que provienen de las actividades relacionadas con el petróleo o el desarrollo y el trabajo de la tierra así como las operaciones de construcción. Una tributación reducida del 10 % se aplica a ciertas rentas que provienen de la venta de bienes manufacturados en Irlanda y ciertas actividades de servicio. Las plusvalías a largo plazo tienen una imposición del 20 %. Los dividendos pagados a empresas no residentes: no efectúan reducción alguna en origen. Dividendos pagados a empresas residentes: Se aplica una deducción en origen del 20 % no liberatorio, lo que permite un crédito de impuesto imputable sobre IR. La tributación de IS del 12,5 % se aplica también a las sucursales.
Impuesto sobre las rentas:
El año fiscal comienza el 1 de enero y se acaba el 31 de diciembre del mismo año. En 2005: * de 1 EUR a 32.000 EUR: El 20 % * Por encima de 32.000 EUR: El 42 % de los contribuyentes casados tributan por separado; no hay impuesto sobre patrimonio. Los artículos deducibles dependen de la naturaleza de la renta. Solamente algunas gastos son deducibles, por ejemplo el interés sobre el dinero pedido prestado para adquirir, mejorar o mantener la propiedad, la seguridad u otras reparaciones. Ciertas rentas están eximidas: las rentas de las regiones con bosques de madera comercialmente controlados, las rentas de ciertas patentes de residentes desarrolladas en Irlanda etc..
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